Seguros Y Tramites MBO
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facebook.comInformacion para Tame Cuna de la Libertad para los interesados en adquirir la licencia de conducción seguros Mbo les informa que las licencias subiran debido a la resolucion 1208 del 05 de 2017 que espesara a regir apartir Lunes 15 de Mayo en un 100% por ende se estara laborando sábado y domingo para el que necesite la licencia se podrá acercar a nuestras instalaciones en la direccion CR12 N14-78 al lado de la antigua casona o comuniquese a los telefonos 3213534880 - 3102895174
En 2012 cambiaron los pases colombianos para adaptarlos a la normativa internacional. De esta manera, desaparecen las categorías conocidas (tercera, quinta, etcétera) y se endurecen las restricciones: ya no es posible manejar una moto con pase de carro y se vigila la conducción de vehículos públicos. Para vehículos particulares: A1 (antes categoría 1) Motos con cilindrada hasta de 125 c.c. A2 (antes categoría 2) Motos, motociclos y mototriciclos con cilindrada mayor a 125 c.c. B1 (antes categoría 3) Automóviles, motocarros, cuatrimotos, camperos, camionetas y microbuses. B2 (antes categoría 4) Camiones rígidos, busetas y buses. B3 (antes categoría 5) Vehículos articulados. Para vehículos públicos: C1 (antes categoría 4 público) Para la conducción de automóviles, camperos, camionetas y microbuses. C2 (antes categoría 5 público) Para la conducción de camiones rígidos, busetas y buses. C3 (antes categoría 6 público) Para la conducción de vehículos articulados. Dentro de la misma nomenclatura se pueden manejar vehículos de una categoría inferior. Es decir una licencia particular B4 permite conducir un automóvil (B3). De igual manera, los conductor de servicio público puede manejar un carro particular de igual o menor categoría. Eso sí, hay que tener en cuenta que la licencia de conducción de vehículos no es válida para manejar motos.